DISPOSITIVA
En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Décimo de Primera Instancia Estadal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, Administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se legitima la aprehensión del ciudadano: BORGES TRIANO TOMAS ANTONIO, titular de la cedula de identidad N° V-6.526.950, de 59 años de edad, fecha de nacimiento: 17-02-1959, residenciado en: sector 04, la Línea, Casa N° 58, Las Tejerías, estado Aragua. SEGUNDO: Declina la competencia de la presente causa al Tribunal, por el cual se encuentra solicitado. TERCERO: Se decreta medida cautelar de libertad, de conformidad con el artículo 242 ordinal 9, del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en: estar pendiente del proceso y presentarse ante su Tribunal. CUARTO: Remítase las presentes actuaciones a dicho Tribunal. Cúmplase. Las partes presentes quedan notificada.....