´´Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal vista la norma antes transcrita y acogiéndose a la misma, le imparte su HOMOLOGACIÓN AL DESISTIMIENTO formulado por la parte actora, en el juicio por DIVORCIO (DESAFECTO), tiene incoado la ciudadana ANA ISAURA DOS SANTOS DE NAKHOUL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.472.613, en contra del ciudadano JORGE NAKHOUL CHAHDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.662.451, y así se decide.-
Asimismo, este Tribunal acuerda la devolución del documento original inserto de los folios 08 y 09 del presente expediente, igualmente se da por terminado el presente procedimiento y se ordena el archivo definitivo del expediente.
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