este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR el reclamo intentado por el Abg. JHONNY CONTRERAS inpreabogado Nº 120.037, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada, en contra de la experticia complementaria del fallo consignada el día 6 de marzo de 2017 por la Lic. GLADYS SANDOVAL, por encontrarse la misma fuera de los limites del fallo proferido por el Tribunal Superior Tercero del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en fecha 08 de marzo de 2016, SEGUNDO: Se deja sin efecto la experticia complementaria del fallo consignada el día 6 de marzo de 2017 por la Lic. GLADYS SANDOVAL. TERCERO: Se ordena el nombramiento de un nuevo experto mediante sorteo, para que el mismo realice la expertita complementaria del fallo, ordenada por el Tribunal Superior Tercero del Trabajo de esta Circu.....