Por los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia, emanada de los ciudadanos y ciudadanas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Divorcio incoada por los ciudadanos HAYDEE JOSEFINA PALMA y ROSENDO ANTONIO CASTILLO UMBRIA, antes identificados, y en consecuencia, se DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL que los unía desde el día 13 de diciembre de 1996, según consta de la copia certificada del Acta de Matrimonio, anotada bajo el N° 324, Folio 201, Tomo 3° C, del año 1996, de los libros llevados por el Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Francisco Linares Alcántara del Estado Aragua (antes Prefectura Francisco Linares Alcántara del Estado Aragua).
Liquídese la comunidad de gananciales.