este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRAMDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 12 y 256 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su aprobación y homologa dicho acto en todas y cada una de sus partes y en los términos acordados por los contendientes. Se suspende la medida cautelar innominada decretada por este Tribunal en fecha 11 de julio de 2006 y participada por el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de esta Circunscripción Judicial, al Administrador de Personal de la Universidad de Oriente mediante oficio N° 1053, de fecha 25 de julio de 2006. Se a por terminado el juicio y de ordena el archivo del mismo. De conformidad con el artículo 8 de la Ley Orgánica para la protección del Niño y del Adolescente y a los fines de preservar los derechos de la menor NAIVYS DEL VALLE LOPEZ CAÑIZALES y de la dema.....