Turmero, 17 de abril de 2.012
201º y 153°
Vista la diligencia suscrita el 03-04-2012, por el alguacil de este Juzgado Agrario, ciudadano Angel Jiménez Verenzuela, titular de la Cédula de Identidad N° 17.553.200, en la cual expone lo siguiente:
"(...) a los fines de dejar constancia que hice entrega al Consejo Comunal Güere II, del Oficio N° 110 del día 29/03/2012, el cual fue recibido el 02/04/2012, a las 9:30 a.m., por la ciudadana Elizabeth Rodríguez (...) dando cumplimiento a la tarea encomendada (...)". (Cursiva de este Juzgado Agrario).
Considera esta Instancia Agraria:
Al momento de diligenciar el Alguacil de este Juzgado Agrario, debió consignar en autos, el original del acuse de recibo, firmado por el citado, en la Medida Provisional decretada el 26/03/2012, en este caso el Consejo Comunal Güere II, por una parte, y por la otra, que tal consignación se certificara por secretaría, lo cual en modo alguno se observa ocurrió en el presente asunto, esto a fin, de tener c.....