III
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR LA PRESENTE DEMANDA QUE POR CUMPLIMIENTO DE CONTRATO intentó la ciudadana RUBI M. APONTE JONES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V-16.434.096 y de este domicilio, contra RAFAEL HERNANDEZ, quien es titular de la Cédula de Identidad N°: V-3.339.196 y de este domicilio, sobre un inmueble objeto de Contrato de Arrendamiento suscrito entre las partes, en fecha 04 de Noviembre de 2.006 constituido por un anexo de dos pisos ubicado en la Urbanización Corinsa, Calle Siapa, Casa No.:M-97, Municipio Sucre del estado Aragua, y condena a la parte perdidosa a la entregar del inmueble antes identificado, totalmente desocupado de bienes y personas y en las condiciones en que lo arr.....