Por todos los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra la decisión dictada en fecha 17 de mayo de 2012, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay; y en consecuencia SE CONFIRMA, la anterior decisión. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda de calificación de despido reenganche y pago de salarios caídos, interpuesta por la ciudadana YENMILLEY ZULEIMA AGELVIS BLANCO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.553.539, en contra de la sociedad mercantil EMPRESA ARAGUEÑA DE MINAS S.A. (MINARSA), creada mediante Decreto del ciudadano Gobernador Nº 1.600, publicado en.....