IV
DISPOSITIVO
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Maracay, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la caducidad de la acción opuesta como defensa de fondo por el abogado ARNALDO AVENDAÑO PEREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Número 34.733, apoderado judicial de las partes codemandadas Sociedad Mercantil GLOSIL C.A., debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua en fecha 08 de Noviembre de 2000, bajo el N° 23, Tomo 54-A de los libros llevados por ese Registro, representada por la ciudadana, SILVIA GUERRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 3.121.781, y la ciudadana SILVA GUERRA, como usufructuaria, plenamente identificada.
SEGUNDO: Co.....