Se declara CON LUGAR la acción de Divorcio intentada, por consiguiente disuelto el vinculo matrimonial que los unía; habiéndose oido la opinión de los hijos habidos en la unión matrimonial y visto lo convenido por los solicitantes, se acuerda homologar el REGIMEN A FAVOR de su Hijo., respecto a LA PATRIA POTESTAD, LA RESPONSABILIDAD DE CRIANZA, la CUSTODIA del niño, El régimen de LA CONVIVENCIA FAMILIAR, la OBLIGACION DE MANUTENCION. En cuanto a la COMUNIDAD CONYUGAL, por cuanto los solicitantes no consignaron documentos que acredite la propiedad de los bienes señalados en la solicitud de divorcio, este Tribunal NO HOMOLOGA la partición y adjudicación de los bienes descritos en el referido escrito.