Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero De Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide lo siguiente:
PRIMERO: INCOMPETENTE POR LA MATERIA para conocer y decidir la presente demanda de COBRO DE BOLÍVARES incoada por el ciudadano JOSE IGNACIO PALACIOS, de nacionalidad española, mayor de edad, titular del Pasaporte Español N° AAJ925152, y la Sociedad Mercantil "FEEDTECH INTERNACIONAL S.L.", inscrita por ante el Registro Mercantil de Barcelona, España en fecha 14 de Diciembre de 1993, quedando anotada bajo la Hoja B-106424, Tomo 44112, Folio 142, Código LEI 959800D7991LXFC14675, con Número de Información Fiscal N.I.F: B60436912, en contra de la Sociedad Mercantil "ALIMENTOS LA CARIDAD, C.A.", inscrita originalmente por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y del Trabajo de la.....