DECISIÓN
Por las razones aquí expuestas, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES incoada por la Ciudadana MONICA DEL MAR ORTIZ JAIMES, suficientemente identificada en autos contra las Sociedades Mercantiles DINOMOTORS ARAGUA C.A. y DAYTONA ARAGUA C.A., también plenamente identificadas en autos. ASI SE DECIDE. SEGUNDO: Se condena a pagar a las demandadas DINOMOTORS ARAGUA C.A. y DAYTONA ARAGUA C.A., a la actora MONICA DEL MAR ORTIZ JAIMES:
Prestación de Antigüedad: 310 días x salario integral de 84,86 Bs.f. = 26.306,60
Vacaciones años 2004, 2005, 2006, 2007 a razón de 15 días por año
15 x 4 = 60 x 79,38= 4.762,80
Bono vacacional años 2004, 2005, 2006 y 2007
34 días x 79,38 = 2.698,92
Utilidades años 2.....