Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia, emanada de los ciudadanos y ciudadanas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara INADMISIBLE la demanda por NULIDAD DE VENTA DE ACCIONES, incoada por la ciudadana ARACELI DEL CARMEN TRUJILLO ACOSTA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.217.589, contra el ciudadano GUSTAVO ADOLFO MARTINEZ FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 4.875.248, conforme a lo previsto en el artículo 15, 146 y 341 del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en razón de la naturaleza del presente fallo.
Publíquese, Regístrese, Déjese copia certificada de la presente decisión en el Copiador de Sentencia llevado por control interno de .....