DECLARA EL CUMPLIMIENTO DE LA PENA PRINCIPAL IMPUESTA al ciudadano RODRIGO JOSE CABELLO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 8.981.568, y quien fuere CONDENADO a cumplir la Pena de OCHO (08) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el Artículo 407del Código Penal Venezolano vigente para esa época y a quien se le acordó la SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA por un lapso de TRES (03) AÑOS; y en consecuencia se le concede la LIBERTAD PLENA.-