Por lo que esta Juzgadora a tenor de lo dispuesto en el artículo 734 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 396 del Código Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA INTERDICCION PROVISIONAL de la ciudadana señora ROSA MEDINA SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad N° 308.287, de este domicilio. En consecuencia, se nombra Tutor Interino ala ciudadano JOSE RAFAEL SALAZAR MEDINA, venezolano, mayor de edad, de profesión abogada, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 3.202.435; igualmente se designa Protutor a la ciudadana ROSALBA SALAZAR MEDINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.432.291, de este domicilio, y como Suplentes del Tutor y Protutor a las ciudadanas MARIA ESMERALDA CARDENAS DE VILLA Y ALBA MEDINA DE SALAZAR, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 3.744.280.....