Como consecuencia de los elementos de hecho y fundamentos de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR el presente INTERDICTO DE RESTITUCIÓN, interpuesto por la ciudadana CELESTE MARBILA ALDANA VEGAS, en contra de los ciudadanos FELIPE NERY SISO CÁRDENAS, GERTRUD KAROLINE ESCHE, SAÚL ANDRÉS SISO CÁRDENAS, GLADYS IVONNE CÁRDENAS DE SISO y FELIPE NERY SISO SUNICO, todos ampliamente identificados al inicio del presente fallo.
SEGUNDO: SE ORDENA la restitución de la posesión que la ciudadana CELESTE MARBILA ALDANA VEGAS ejercía sobre la parte superior del inmueble constituido por una parcela de terreno y la casa sobre ella construida, ubicada en la Floresta, Jurisdicción del Municipio Chacao del Distrito Sucre (hoy Municipio Chacao), del Estado .....