El Tribunal visto el acuerdo alcanzado entre la partes en el día de hoy, declara concluida la Audiencia Conciliatoria y deja expresa constancia que dicha acta es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por las partes sin constreñimiento alguno, y en virtud de que dicho acuerdo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, se le imparte en este acto la HOMOLOGACION JUDICIAL de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dándole efecto de cosa juzgada, solicitando la Ciudadana Juez en este acto de la O.C.C. de este Circuito la entrega de los dos cheques por la suma de Bs.9.436.075,61, que en este acto declara recibir la parte actora, a su entera y cabal satisfacción.