En consecuencia, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA que en la Solicitud contenida en estos autos propuesta por los ciudadanos FLOR DE MARIA, AMABLE JOSE, RAMIRO ANTONIO, JOSE GREGORIO y PEDRO JOSE MORENO BRICEÑO, ya identificados, se configuró la Pérdida de Interés de los peticionantes, en consecuencia, se da por terminado el tramite y se ordena el archivo del expediente.