declara PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de apelación ejercido por la abogada JAILY COROMOTO AVILA ANZOLA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el N° 67.220, actuando en su carácter de apoderada judicial de la sucesión Aponte Flores, los ciudadanos demandados ERVIS APONTE FLORES, PETRA FLORES DE APONTE, BELKIS APONTE FLORES, YMELDA APONTE FLORES, NORIS APONTE FLORES, DAVID APONTE FLORES, JAVIER APONTE FLORES, DANIEL APONTE FLORES, DENNIS APONTE FLORES, WILLIE APONTE FLORES, PATRICIA APONTE FLORES, OSNIL MACHADO MIJARES y la adolescente (se omite su nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, e identificados con la cédula de identidad Nros. V-7.221.387, V-7.195.642, V-4.570.138, V-5.265.748, V-5.265.749, V-7.274.358, V-7.230.848, V-7.255.184, V-7.274.359, V-12.857.553, V-15.865.030, V-12.336.104, en su orden, en contra de la Sentenc.....