Se dictó sentencia interlocutoria en la que se declaró: REPONER la causa al estado de que se libre nuevo cartel de notificación a la parte demandada empresa GRUPO MEDICO RAZETTI, en la dirección indicada por el actor en su libelo demanda, y que la misma sea practica de conformidad con lo preceptuado en el Artículo 126 de la Ley Orgánica del Trabajo y bajo los parámetros establecidos en la presente sentencia.