Esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: Se Admite el recurso de apelación interpuesta por el abogado ELIEZER TORRES ALVAREZ, en su carácter de defensor privado del ciudadano NELSON ALIXANDRO BLANCO HILARRAZA, mediante el cual recurren de la decisión dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del estado Aragua, causa 5C-19.417-18, en fecha 29 de Marzo de 2018, mediante la cual acordó Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, en contra del ciudadano NELSON ALIXANDRO BLANCO HILARRAZA de conformidad con lo establecido en el artículo 242 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en Detención Domiciliaria por la presunta comisión del delito de PECULADO DOLOSO, previsto y sancionado en el artículo 54 de la Ley Contra la Corrupción.