DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas es por lo que este Juzgado se declara INCOMPETENTE POR LA MATERIA para conocer de la presente demanda que por PRESCRIPCION ADQUISITIVA, tiene incoado la ciudadana GLENDA MYERSTON GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-3.666.970 contra la ciudadana GUILLERMINA GARCIA venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V 470.703, en virtud de lo antes expuesto se ordena remitir íntegramente el expediente original signado con la nomenclatura T2M-M 13.154-2019, al Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción judicial del Estado Aragua, a los fines de que conozca de la presente causa.
Publíquese, regístrese y déjese copia
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRADOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA. En Maracay, a .....