´Por las argumentaciones anteriormente expuestas, esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, actuando en sede constitucional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: SE DECLARA COMPETENTE para conocer la acción de AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por el abogado DAVID ANTONIO UTRIOLA TOVAR, en su carácter de defensor privado de las ciudadanas LISBETH UZTARIZ, titular de la cedula de identidad N° V-9.697.514, FREYLICIST TORRES, titular de la cedula identidad V-27.648.602 y LUISEIKIS RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad N° V-26.503.834, en contra del Tribunal Primero (01°) de Primera Instancia Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, por cuanto a la fecha de presentación de la acción de Amparo Constitucional, no se había materializado la Caución Juratoria; todo ello de conformid.....