DECISIÓN
En mérito de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Superior Séptimo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley decide:
DESISTIDO, el presente recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por los abogados PEDRO PRADA, VICTOR PRADA, SORELENA PRADA, DAILYTH MENDOZA, MARIANELA LISBOA, FRANCISCO BETANCOURT y LAURA BOLINAGA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los N° 32.731, 46.868, 97.170, 86.185, 83.628, 22.925 y 107.335, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil ADMINISTRADORA CEDIAZ, C.A., debidamente inscrita ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 19 de julio de 1983, bajo el N° 69, Tomo 84-A, modificados sus estatutos en varias oportunidades, siendo su última modificación por ante la misma oficina de Registro el 15 de febrero de 1989, bajo el N° 2.....