Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la querella incoada por el ciudadano JHONNY JOSÉ ESPINOZA MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 10.002.881, representado por la abogada Marisela Cisneros Añez, contra el acto administrativo contenido en el Oficio N° 211/01, de fecha 1º de octubre de 2001, suscrito por la Directora de Personal y el Director Presidente del Instituto Autónomo de Policía del Estado Miranda, el cual se Anula.
SEGUNDO: Se ORDENA la reincorporación del querellante en el cargo de Agente, o en otro de igual o superior jerarquía y remuneración, así como el pago de los sueldos y demás beneficios inherentes al cargo, dejados de percibir desde la fecha de su retiro hasta la fecha de su efectiva reincorporación, en los términos establecidos en la parte mot.....