Esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana EVA MARGARITA LAURA RAMIREZ PEREZEN, Actuando en su condición de Victima, mediante el cual recurre de la decisión dictada por el Juzgado Sexto (6°) de Juicio de este Circuito Judicial Penal, causa 6J-2536-16, en fecha 23 de Abril del año 2018, en la cual entre otros pronunciamientos, Acordó a favor del ciudadano WILLIAM RAMON TORRES MAESTRE, Medida Cautelar Sustitutiva de la Privativa de Libertad, conforme al artículo 242 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en Arresto Domiciliario, ordenando su ingreso a su domicilio, por el presunto delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCUIÓN DE UN ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículos 406 numeral 1 del Código Penal.
SEGU.....