PRIMERO: SE DECLARA COMPETENTE este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 66 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se niega la nulidad de Acusación solicitada por la defensa pública y Se admite TOTALMENTE la acusación presentada por la fiscalía 06 del Ministerio Publico del estado Aragua, en fecha 25-09-2023, por el delito de TRAFICO ILICITO DE ARMAS Y MUNICIONES, previsto y sancionado en el artículo 38 De La Reforma De La Ley Orgánica Contra La Delincuencia Organizada Y Financiamiento Al Terrorismo, en contra del acusado WILMER JOSE LUCENA GONZALEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-29.930.650, por cumplir con los requisitos del artículo 308 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se admiten los medios de pruebas ofrecidos por la Representación Fiscal del Ministerio Publico del estado Aragua. CUARTO: Admitida la acusación TOTALMENTE, se impone al acusado WILMER JOSE LUCENA GONZALEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-29.930.650, del proc.....