D E C I S I Ó N
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, formulada por los ciudadanos, JOSE ALEJANDRO VENERO ROMERO y CRISLALIA DEL VALLE LOPEZ LUCES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.459.750 y V-9.940.639, respectivamente, asistidos por la abogada en ejercicio, MARIANNY VALBUENA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 320.042, quien actúo en apoyo de la Gestión Social del Tribunal Móvil, en consecuencia, se declara DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día diecinueve (19) del mes de octubre del año dos mil dos (2002), por ante el Registro Civil del Municipio Girardot del estado Aragua, según consta en Acta q.....