IV
DISPOSITIVA
En este orden de ideas y en fuerza de los razonamientos anteriores este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta: PRIMERO: 1) MEDIDA DE SECUESTRO sobre bienes muebles propiedad de los intimados el ciudadano CARLOS JOSUE OLIVO PALMA venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-10.357.678, en su persona y en carácter de representante y presidente de la Sociedad Mercantil INVERSIONES DO CAR 1970, C.A inscrita ante el Registro Mercantil Segundo del Estado Aragua, bajo el N° 7 del año 2015, Tomo 140-A, con Rif: J-40650774-1, sobre los siguientes bienes muebles: 1) Vehículo propiedad de CARLOS JOSUE OLIVO PALMA con las siguientes características: marca: CHERY, año: 2012, placa: A70C17D, clase: CAMIONETA, tipo: PANEL, modelo: H5, color: PLATA, uso: CARGA, serial de motor: SQR484BBFBK03973.....