Este Tribunal deja expresa constancia que dicha acta es producto de la voluntad libre, conciente y espontánea expresada por las partes y en virtud de dicho acuerdo no es contrario a derecho y ha sido la conclusión de un proceso de mediación y conciliación dirigido por éste Tribunal se imparte en éste acto la HOMOLOGACIÓN JUDICIAL, al acuerdo alcanzado por las partes en éste proceso, dándole el efecto de cosa juzgada de conformidad al contenido del Art. 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Asimismo, se les hace entrega en este acto a las partes las pruebas promovidas al inicio de la audiencia preliminar, firmando ambas partes el acta en señal de conformidad. En este estado se deja constancia que por cuanto el ciudadano PRUDENCIO LA CRUZ GARCIA, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.050.506, manifiesta a éste Tribunal que no sabe leer y escribir, se autoriza firmar a ruego por el a su concubina ciudadana ALICIA MIREYA RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V- 5......