Por todas las consideraciones que han quedado expuestas, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: consumado el desistimiento, de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, intentó la sociedad mercantil DESARROLLOS INMOBILIARIOS MARTELLE, C.A., en la persona de su Directora, ciudadana CAROL FLEISCHMAN DE GÁMEZ, contra la sociedad mercantil PRODUCTOS DE MANTENIMIENTO MMP, C.A., en la persona de su Presidente, ciudadano GORGE ROTKER, ambas partes suficientemente identificadas en el texto del presente fallo.
Dada la especial naturaleza del fallo no hay especial condenatoria en costas.
Publíquese, regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal .....