Por todos los razonamientos antes expuestos, y en virtud de la Solicitud Fiscal, este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL DEL ESTADO MONAGAS, EN FUNCION DE JUICIO Y DE MANERA UNIPERSONAL, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
UNICO: Se ABSUELVE al ciudadano YOHANNI ANTONIO CABELLO, venezolano, natural de San Félix, Estado Bolívar, de 29 años de edad, por haber nacido el 29-01-1981, domiciliado en el Sector La Montañita, calle Montañita 2, casa sin número Los Barrancos de Fajardo, Estado Monagas, e indocumentado, de la ACUSACION presentada en contra del mismo por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal vigente para el momento de los hechos, en perjuicio de presuntamente de los ciudadanos Jesús Antonio Mosquera y Nelson Toledo, y que dieron origen al presente asunto.-
Se deja constancia, que se ordenó el cese .....