Por todo lo antes expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, de Protección y Bancario de La Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: la PERENCION DE LA INSTANCIA, en el presente Juicio de DIVORCIO, incoado por la ciudadana MARIGILDA CORREIA DE PONTE, venezolana, mayor de edad, titular de las cedula de identidad No. V-18.898.562, asistida por las abogadas MAYRA GONZÁLEZ E IRENE MASSO, inscritas en el Instituto de Previsión Social del abogado, bajo los Nos. 23.181 y 142.858, contra el ciudadano NESTOR ENRIQUE GONZÁLEZ ESPINOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-19.466.339. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.