este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA el presente siguiente convenimiento en todas y cada unas de sus partes de la siguiente manera: PRIMERO: Se establece la cantidad de QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 500,00), MENSUALES, por concepto de Obligación de Manutención. SEGUNDO: A fin de cubrir gastos navideños, se establece el equivalente a la quinta parte (1/5) de las utilidades y/o aguinaldos de fin de año, a las que se haga acreedor el ciudadano JONATHAN RAMON MENDEZ HERRERA. TERCERO: El beneficio por útiles escolares, deberá ser entregado directamente a la ciudadana INES ANDREINA TERAN MARQUEZ, desde el momento en que el ciudadano JONATHAN RAMON MENDEZ HERRERA, se haga acreedor, en beneficio del niño *****, de 02 años de edad. CUARTO: Se establece la retención del 25% de las Prestaciones Sociales del ciudadano JONATHAN RAMON MENDEZ HERRERA, a los fines de asegurar obligaciones de alimentos futuras. El equiva.....