VI
DISPOSITIVO
Con fuerza de las razones expuestas este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, actuando en sede Constitucional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano :JESUS ALBERTO QUERALES GUERRERO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N° V- 3.878.872 y asistido por la abogada ADRIANA OJEDA, titular de la cédula de Identidad Nº 11.796.922, en su carácter de Defensora Pública Provisorio Primera con competencia en materia Civil, y para la Defensa del Derecho a la Vivienda, contra de la sentencia de fecha 8 de Noviembre de 2014, dictada por el Juzgado Segundo de Municipio Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en el expediente signado por ese Juzgado con el No.96.3011,.....