Esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ADMISIBLE los Recursos de Apelación presentados por: PRIMERO: el Abogado RAMON SALGAR, actuando en este acto con el carácter de Defensor Privado del Ciudadano LISANDRO RAMON JARAMILLO CABELLO, y SEGUNDO: el Abogado JAIME ENRIQUE MORENO HERNANDEZ, actuando en este acto con el condición de Defensor Privado del Ciudadano JOSE RAMON CRUZ MARCANO, contra la decisión dictada en auto de fecha 19 de Enero de 2009, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control (de guardia) del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, mediante la cual ese Tribunal les decretó Medidas Privativa Judicial de Libertad, a los imputados arriba mencionados, por la presunta comisión de los delitos de Homicidio Calificado por Motivos Fútiles e Innobles, Uso Indebido de Arma de Fuego y Porte Ilícito de Arma de Fuego, .....