D I S P O S I T I V A:
Por todos los razonamientos y consideraciones anteriormente expuestas, éste JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SOTILLO, LIBERTADOR Y URACOA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS.- "Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley " acuerda la HOMOLOGACIÓN del mismo dándole toda la fuerza de ley de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en la anterior demanda por OBLIGACIÓN de MANUTENCIÓN incoada por la ciudadana: ANA BELL BOLÍVAR TOVAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 14.487.627, con domicilio en la calle El Mercado al lado de Festejos Las Lanchitas, sector Simara, Casa S/n, de la población de Temblador, Municipio Libertador del Estado Monagas, actuando en nombre y representación de la para ése entonces menor de edad, KATTERIN ANABELIS LA ROSA BOLÍVAR contra el ciudadano: JOSÉ RAFAEL LA ROSA RAMIREZ, venezolano, mayor de .....