En consecuencia Este Tribunal de Primera Instancia En Función de Ejecución Numero Dos del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley Acuerda: Primero: Se otorga el Beneficio de Suspensión Condicional de Ejecución de la Pena a la penada ciudadana Simoes Prieto, Luisa Fátima, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 8.732.556, natural de Villa de Cura, Estado Aragua, nacida el 23-07-1.965, de 43 años de edad, de estado civil soltera, de profesión T.S.U., comerciante, domiciliada en avenida Bolívar, casa N° 123-1, al lado del edificio ejecutivo, Los Colorados II, Villa de Cura Estado Aragua, quien fue sentenciada por el Juzgado Séptimo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua a cumplir la pena de dos (02) años y ocho (08) meses de prisión, más las penas accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal por la comisión del delito de Lesiones Graves C.....