Este Tribunal HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN EN LOS TÉRMINOS EXPUESTOS, dándole efectos de Cosa Juzgada, de conformidad con lo previsto en el Artículo 03 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, asimismo se ordena solo la devolución de la pruebas promovidas por la parte demandada, toda vez que según consta en el acta de audiencia preliminar de fecha 14 de marzo de 2006, la parte actora no promovió pruebas, igualmente se ordena el cierre y archivo del presente expediente. Cúmplase.