´En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara "CON LUGAR" la solicitud de divorcio por Mutuo Consentimiento interpuesta por los ciudadanos: ciudadanos ANDRES ELOY GAINZA e YNGRID RAQUEL UTRERA DE GAINZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.148.831 y 10.273.436, respectivamente, En consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por ante el Registro Civil del Municipio Girardot, Parroquia Joaquín Crespo del Estado Aragua, en fecha 07 de julio de 1994, según consta en Acta de Matrimonio Nº 553, folio 205, del año 1994.
Publíquese, regístrese, ejecútese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de l.....