Por las razones antes expuestas, este Juzgado del Municipio Autónomo San Casimiro de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, actuando en sede de Protección del Niño, Niña y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda por Aumento de Obligación de Manutención interpuesta por la ciudadana ZULEICA DAMARI DÍAZ BLANCO, de nacionalidad venezolana, de estado civil soltera, de profesión estudiante, mayor de edad, hábil, domiciliada en Urbanización Leonardo Ruiz Pineda, Casa N° 40, San Casimiro, Estado Aragua y titular de la Cédula de Identidad N° V. 22.950.990, a favor de su hijo, en contra del ciudadano MARCOS ALEJANDRO MAYOR, venezolano, casado, Electricista, mayor de edad, hábil, domiciliado en el Sector Barrancón, Casa N° 40, Municipio San Casimiro, estado Aragua y titular de la Cédula de Identidad N° V-15.393.990, en consecuencia, se acuerda fijar el Aumento de O.....