Por las razones de hecho y de derecho anteriormente, expuestas, éste Juzgado Superior Sexto en lo civil, Mercantil, del Tránsito, de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: ADMISIBLE el recurso de hecho interpuesto en fecha 16 de junio de 2010, por el Abogado JUAN VICENTE ARDILA, en su carácter de apoderado judicial de las sociedades mercantiles SUPER SONIDO EL TIGRE C.A. e INVERSIONES ADELL C.A.
SEGUNDO: CON LUGAR el Recurso de Hecho interpuesto por el Abogado JUAN VICENTE ARDILA, en su carácter de apoderado judicial de las sociedades mercantiles SUPER SONIDO EL TIGRE C.A. e INVERSIONES ADELL C.A., parte demandada en el juicio de Ejecución de Hipoteca incoado por BANCO MERCANTIL C.A., contra el auto de fecha 10 de junio de 2010, dictado por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripc.....