Se deja constacia que se habilita este Tribunal de Juicio a los fines legales de conocer y publicar decisión relacionada con Revisión de Medida solicitada por la defensa Técnica, en tal sentido se acuerda mantener la medida judicial de privación preventiva de libertad, decretada en fecha 01/07/2011, conforme a lo establecido en el artículo 581 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, a los acusados: IDENTIDAD OMITIDA y IDENTIDAD OMITIDA, identificados en autos, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA, previsto y sancionado en el Artículo 458 en concordancia con el Artículo 83, ambos del Código Penal, en perjuicio del ciudadano: ALEXIS JOSE GRIMONT, identificado en autos; en tal sentido se declara SIN LUGAR la solicitud formulada por la Defensora Pública Cuarta para el Sistema de Responsabilidad Penal Adolescentes, ABG. TERESA DE ABREU.