Esta Corte de Apelaciones, declara SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por el abogado Armando José Suárez Guzmán, en contra de la decisión dictada por el Tribunal Tercero de Control de este Circuito Judicial Penal, en los términos expresamente delimitados en esta decisión y bajo las limitantes planteadas. En consecuencia, se niega el pedimento revocatorio del Auto de Privación Judicial Preventiva de Libertad en cuestión, así como, la solicitud de Nulidad Absoluta del pronunciamiento dictado en el dispositivo "SEGUNDO", al concluir el acto de la audiencia preliminar celebrada el 08/03/2006, en actas del asunto principal Nº NP01-P-2005-007775. Por tanto, se CONFIRMA el pronunciamiento recurrido. Así se declara.