Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas con Competencia en el estado Delta Amacuro actuando en Sede Constitucional, Impartiendo Justicia, actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
UNICO: INADMISIBLE la acción de Amparo Constitucional interpuesta por la ciudadana GRACIELA DEL VALLE BOLÍVAR MONAGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.396.528, actuando en su carácter de Presidenta de la empresa AERO SERVICE CAFÉ, C.A.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas con Competencia en el estado Delta Amacuro, actuando en Sede Constitucional, a los diecinueve (19) días del mes de septiembre del año dos mil trece (2.013) Año: 203º de la Independencia y 154º de la Federación.