Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda de desalojo incoada por la parte actora, el ciudadano JOSE FRANCISCO LOPEZ MEZONES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.977.930, el cual actúa en nombre y en representación sin poder de conformidad con el artículo 168 del Código de Procedimiento Civil, como coheredero de la sucesión LINA PATRICIA DE MICHELE DE LOPEZ, según formulado de solvencia emitido por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria Nº 1590027169, identificado con el RIF Sucesoral Nº J-405545275, número de expediente1500348, de fecha 14 de Abril de 2.015, en contra de la parte demandada, la sociedad mercantil FABRICA DE CALZADOS GABRIELA, C.A., inscrita.....