En razón de lo expuesto precedentemente este Tribunal QUINTO DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO LABORAL DEL ESTADO ARAGUA DECLARA la INADMISIBILIDAD DE LA DEMANDA en el presente proceso incoado por el ciudadano ROBERT OBISPO, titular de la cédula de identidad N° V-7.264.878, contra el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL AMBIENTE, por concepto de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS, en consecuencia se ordena el cierre y archivo del expediente, una vez transcurrido el lapso de Ley para ejercer los recursos respectivos.