INADMISIBLE la Demanda que por Cobro de Prestaciones Sociales interpuesta por la ciudadana OLISBETH ALDANA, venezolana, de este domicilio, portadora de la cedula de identidad Nro., V-12.99.561, asistida por la abogado en ejercicio KATIUSCA CHIRINOS, inscrita en el Instituto de Prevención Social del Abogado, bajo el numero 94.267; en contra de la sociedad mercantil JANSSEN CILAG C.A, por no subsanar el libelo en el lapso previsto en el auto referido.