DISPOSITIVO
En virtud de los criterios jurisprudenciales y razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PROCEDENTE la solicitud de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, de los ciudadanos LUZ MARISELA DEL SOCORRO ARELLANO GAMEZ y RAFAEL ÁNGEL BRACHO MARCANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° V-8.013.345 y V-6.870.863, respectivamente.
SEGUNDO: DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los unía, el cual fue contraído en fecha 20 de Enero de 1994, por ante la Parroquia el Llano, Municipio Libertador del estado Mérida, Acta de matrimonio Nº 11, Año 1994.
Procédase la EJECUCIÓN de la presente Sentencia, a los efectos de los Artículos 475 y 507 del Código Civil. Expídanse Copi.....