este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA: HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO celebrado en el por RESOLUCIÓN DE CONTRATO interpuso la abogada en ejercicio RUBRIA SARAI YOLL SANCHEZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N°58.110, en su condición de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil TALLER DE TORNERIA SEREA GRICA, debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Guarico, en fecha 11 de diciembre del año 2000, bajo el N°19, Tomo 12-A, con modificación posterior en fecha 17 de septiembre del año 2018 bajo el N° 26, Tomo 31-A SGDO contra el ciudadano JOSE ANGEL ORTEGA GAMARRA, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-8.559.016. Y así se decide.-